Información sobre el Impuesto a salida de Capitales en Ecuador, quienes deben pagarlo y cuál es su porcentaje.
Quienes trasladen divisas al extranjero deberán cancelar un porcentaje que corresponde al 5%.
El porcentaje por la salida de divisas debe ser pagado en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros, pagos con tarjeta de crédito o cualquier otra manera.
QUIENES NO PAGAN EL IMPUESTO A SALIDAS DE CAPITALES
El Impuesto de salida de divisas en Ecuador no pagan aquellas entidades y organismo del estado incluyendo empresas públicas.
Además no paga este impuesto organismos internacionales y sus funcionados extranjeros debidamente acreditados en el país, misiones diplomáticas, oficinas consulares.
Los funcionarios extranjeros de estas entidades acreditados en Ecuador tampoco pagan el impuesto a salida de capitales.
QUIENES PAGAN EL IMPUESTO A SALIDAS DE CAPITALES
Según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente están obligados a pagar el impuesto a la salida de divisas todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras.
IMPORTANTE: El ISD (Impuesto a la salida de divisas) es un impuesto que se genera en la transferencia, envío o traslado de divisas al exterior, sea en efectivo o envíos de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza.