Impuesto a la salida de Divisas en Ecuador

By | marzo 9, 2015

Información sobre el Impuesto a salida de Capitales en Ecuador, quienes deben pagarlo y cuál es su porcentaje.

Quienes trasladen divisas al extranjero deberán cancelar un porcentaje que corresponde al 5%.

El porcentaje por la salida de divisas debe ser pagado en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros, pagos con tarjeta de crédito o cualquier otra manera.

QUIENES NO PAGAN EL IMPUESTO A SALIDAS DE CAPITALES

El Impuesto de salida de divisas en Ecuador no pagan aquellas entidades y organismo del estado incluyendo empresas públicas.

Además no paga este impuesto organismos internacionales y sus funcionados extranjeros debidamente acreditados en el país, misiones diplomáticas, oficinas consulares.

Los funcionarios extranjeros de estas entidades acreditados en Ecuador tampoco pagan el impuesto a salida de capitales.

QUIENES PAGAN EL IMPUESTO A SALIDAS DE CAPITALES

Según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente están obligados a pagar el impuesto a la salida de divisas todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras.

IMPORTANTE: El ISD (Impuesto a la salida de divisas) es un impuesto que se genera en la transferencia, envío o traslado de divisas al exterior, sea en efectivo o envíos de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza.


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