Conozca quienes están obligados a llevar a contabilidad en Ecuador y quienes no están obligados a hacerlo (Actualización 2016).
El Servicio de Rentas Internas SRI obliga a llevar contabilidad a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que realicen actividades económicas licitas.
Los contribuyentes deben llevar contabilidad cuando:
- Sus ingresos brutos por ventas anuales superar los $162.000.
- Sus costos y gastos han sido mayores a $129.600.
NO ESTÁN OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD
- Los profesionales
- Los comisionistas
- Los artesanos
- y demás trabajadores autónomos (sin título profesional)
Nota: Este tipo de personas no deben llevar contabilidad pero están obligados a llevar un registro de sus ingresos y egresos.
IMPORTANTE: En caso de que los ingresos, costos o gastos queden por debajo de los valores establecidos por el SRI, los contribuyentes pueden dejar de llevar contabilidad el próximo periodo sin necesidad de obtener una autorización del SRI.
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