Los ecuatorianos o extranjeros que quieran salir fuera del territorio nacional deberán presentar los siguientes requisitos.
Para salir de Ecuador se deberá presentar varios requisitos en cualquiera de los Aeropuertos Nacionales, ecuatorianos y extranjeros deberán presentar toda la documentación en regla.
Las personas que no cuenten con los requisitos mencionados no podrán salir del país de manera legal.
Se recomienda a los ecuatorianos o extranjeros que quieran salir del país tener todos los requisitos solicitados, en caso no tenerlos podrían perder su vuelvo hasta legalizar su salida del territorio nacional.
REQUISITOS SALIDA DE INMIGRANTES
- Presentar Cédula de identidad (extranjeros residentes).
- Pasaporte válido y vigente.
- Censo o empadronamiento.
- Presentar Visa (Solo si requiere el país de destino).
REQUISITOS SALIDA DE ECUATORIANOS
- Presentar Cédula de ciudadanía.
- Pasaporte válido y vigente.
- Presentar Visa o tarjeta de residencia (Solo si requiere el país de destino).
REQUISITOS SALIDA DE NO INMIGRANTES
- Visa de No Inmigrante vigente.
- Presentar Pasaporte válido y vigente.
- Registro de Visa (en caso de haber obtenido la visa fuera del país).
REQUISITOS SALIDA DE REFUGIADOS
- Presentar Carné de Refugiados.
- Censo.
- Autorización de salida del país otorgado por la Dirección de Refugiados.
REQUISITOS SALIDA DE ECUATORIANOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
- Presentar Cédula de Identidad.
- Presentar Pasaporte válido y vigente.
- Visa (Solo si requiere el país de destino).
- Autorización de salida del país otorgada por autoridad competente o notario (En el caso de que viajen solos o en compañía de uno de sus padres).
Nota: Los menores ecuatorianos que demuestren ser residentes en otro país y permanezca en el Ecuador un tiempo menor a 90 días, no requiere de autorización de salida.
REQUISITOS SALIDA DE INMIGRANTES NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
- Presentar Cédula de Identidad.
- Presentar Pasaporte válido y vigente.
- Visa (Solo si requiere el país de destino).
- Autorización de salida del país otorgada por autoridad competente o notario, cuando viajen solos o en compañía de uno de sus padres.
Nota: Los menores ecuatorianos que demuestren ser residentes en otro país y permanezca en el Ecuador un tiempo menor a 90 días, no requiere de autorización de salida.
IMPORTANTE: Los requisitos solicitados en cualquiera de los casos deben estar al día y en regla para presentarlos sin problemas en el Aeropuerto de Salida Internacional.
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