Revisa los pasos a seguir para obtener un permiso del SRI para realizar eventos públicos como ferias conciertos entre otros.
El Servicio de Rentas Internas SRI es quien otorga esta autorización especial para que los comprobantes asignados a los establecimientos del contribuyente pueden ser emitidos en una feria o evento sin que estos pierdan su validez.
Según la ley, previo a un espectáculo púbico y a la autorización municipal los organizadores, promotores y administradores de un evento deberá presentar ante el SRI la siguiente documentación:
– El Contrato respectivo que contendrá el ingreso sobre el que procede la retención y su cuantificación en cualquiera de las formas en las que se lo pacte.
– Una garantía irrevocable, incondicional y de cobro inmediato equivalente al 10% del monto del boletaje autorizado que incluirá todos los boletos, localidades o billetes de entrada y por los derechos de silla o mesa incluidos los otorgados como de cortesía, calculados a precio de mercado, la que será devuelta una vez satisfecho el pago de los impuestos que están obligados a retener.
Este trámite se lo deberá realizar 10 días hábiles antes de la realización del evento para que tenga validez, si se lo realiza antes de este tiempo sería mucho mejor.
COMO SACAR EL PREMISO EN LINEA POR INTERNET
- Lo primero que se debe hacer es ingresar a los servicios en línea de la página web del Servicio de Rentas Internas: AQUÍ
- En la página escribir el número de RUC y la clave
- En la sección de facturación seleccionar la opción Ingreso de Formularios / Autorizaciones Temporales para Ferias o Eventos
- Finalmente digitar los datos solicitados y obtendrá en línea su autorización.
REQUISITOS PARA SACAR AUTORIZACIÓN DEL SRI
- Oficio dirigido al Director Regional del Servicio de Rentas Internas correspondiente, solicitando certifique el cumplimiento de la presentación de la garantía; adicionalmente se deberá indicar la(las) ciudad(es) y el(los) lugar(es) donde se realizará el(los) evento(s), el/los días en que se realizará(n) el(los) mismo(s), el(los) nombre(s) de(los) evento(s) y el(los) nombre(s) de(los) artista(s) principal(es) así como el RUC y razón social de la(s) persona(s) natural(es) o sociedad (es), que contraten, promuevan o administren la presentación del espectáculo público.
- En caso de personas naturales que contraten, promuevan o administren la presentación del espectáculo público se adjuntará: Copia de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación de las últimas elecciones.
- En caso de sociedades que contraten, promuevan o administren la presentación del espectáculo público: Copia de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación de las últimas elecciones del representante legal.
- Copia notariada del(los) contrato(s) con la(s) persona(s) natural(es) extranjera(s) no residente(s) y/o nacional(es) no residente(s) que intervengan en el espectáculo público con su respectiva traducción al idioma español de ser el caso, así como copia del documento de identidad (cédula o pasaporte) de las partes contratantes. Los valores a ser cancelados en dinero, especies o servicios, a favor del extranjero no residente, por parte del contratante, administrador o promotor de la presentación deberán constar en el respectivo contrato y deberán estar respaldados por los respectivos comprobantes de venta.
- Certificación(es) de la(s) taquilla(s) autorizada(s) por el(los) respectivo(s) Municipio(s), donde se detalle el número y valor de las localidades autorizadas, en base a la cual(es) se rendirá la correspondiente garantía del 10% del monto del boletaje en caso de la presentación de artistas extranjeros no residentes en el país.
Fuente: SRI, Foros Ecuador